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Las víctimas tienen 90 días hábiles a partir de la Notificación realizada por el tribunal sancionador para reclamar su indemnización, de lo contrario pierden el derecho. Si renuncian al cobro o dejan de solicitarlo en el término establecido, no quiere decir que el sancionado se libere de ingresar el importe de la responsabilidad civil a la Caja de Resarcimiento.

En el caso del pago de los acreedores se efectuará cuando el deudor liquide su deuda, descontándole el 20% de la deuda fijada por el tribunal, reflejado en el artículo 7 de la Ley antes mencionada. En los caso de las pensiones la víctima del delito recibe completo el pago de la pensión fijada.