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Divorcio Notarial

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Acto mediante el cual los cónyuges, de mutuo acuerdo, deciden disolver el vínculo matrimonial, cuyos efectos son la extinción del matrimonio, la separación de los bienes de los cónyuges previa liquidación de la comunidad matrimonial de bienes, y la extinción del  derecho de sucesión entre los cónyuges.

Se inicia con la solicitud que formulan los cónyuges que contiene las generales y datos de ellos, la fecha del matrimonio y la referencia del Registro del Estado Civil donde constan inscritos, los nombres y apellidos de los hijos comunes menores, las fechas de sus nacimientos con referencia del Registro del Estado Civil donde constan inscritos y las convenciones de los cónyuges en cuanto a:

· el ejercicio de la patria potestad sobre los hijos comunes menores;

· la determinación de la guarda y cuidado de estos;

· el régimen de comunicación de los hijos comunes menores con aquél de los padres al que no se le confiera la guarda y cuidado;

· los nombres y apellidos del padre que prestará la pensión alimenticia y su cuantía;

· las convenciones sobre la vivienda si esta constituye un bien común.

• Concurrir ambos cónyuges con sus respectivos CARNÉS DE IDENTIDAD.

• Certificación de nacimiento de hijos menores comunes si los hubiere.

• Certificación de matrimonio.

• Si existe vivienda en común: Título de Propiedad. Si el título consta inscrito en el Registro de la Propiedad certificación de dominio.

• En caso de Vehículo: Título de propiedad y certificación de su inscripción en el Registro de Vehículos.

Si hubieren adquirido otros bienes durante la vigencia del matrimonio y pretendan liquidarlos en el momento del divorcio, aportar el documento que acredite su titularidad.

Dicho trámite cuenta con un término legal de 7 días hábiles. Y con una tarifa de $ 80 pesos.

 

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