La Unión Eléctrica (UNE) desmintió las tergiversaciones que circulan por las redes sociales sobre una supuesta planificación de un apagón total en Cuba por 72 horas.
Desde la cuenta en X del organismo, se recordó a la población que cada día, a través del programa televisivo Buenos Días, de Canal Caribe, y la radio cubana se informa sobre la afectación real por déficit de capacidad de generación.
“Es falso que exista la planificación de un apagón total en Cuba por 72 horas. Cada día la Revista Buenos Días de Canal Caribe y la radio cubana, informan la afectación real, por déficit en capacidades de Generación. NO ES CIERTO QUE SE PREVÉ APAGÓN TOTAL POR 72 HORAS”, expresa la UNE.
Medios anticubanos y publicaciones en redes sociales han anunciado en las últimas horas que en la mayor de las Antillas se prevé afectar por más de 72 horas el servicio eléctrico, a partir de la descontextualización y maliciosa interpretación del Decreto 110/2024 “Regulaciones para el Control y Uso Eficiente de los Portadores Energéticos y las Fuentes Renovables de Energía” que fuera publicado este miércoles por la Gaceta Oficial de la República.
El texto, en su Capítulo VI, artículo 40.1, expresa que el ministro de Energía y Minas propone al Consejo de Ministros el régimen especial de contingencia eléctrica cuando, el Sistema Electroenergético Nacional no logra satisfacer la demanda del sistema con la capacidad de generación, por lo que es necesario afectar el servicio eléctrico de forma planificada y sostenida por más de setenta y dos horas.
Sin embargo, en los siguientes artículos se describe cómo se aplicará la medida, y señala que los consejos energéticos definen los servicios que deben paralizar total o parcialmente sus actividades, al declararse el régimen de contingencia eléctrica en el país, con especial atención en el horario de máxima demanda, en caso de que se dieran situaciones específicas que exigieran tales disposiciones.
Asimismo, determinan de conjunto con los representantes legales de los actores económicos estatales y no estatales, así como las formas asociativas del territorio, el ajuste del horario laboral para desplazar las cargas de máxima demanda.
Entre las disposiciones transitorias del texto, se define que los altos consumidores existentes al momento de la publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba del Decreto, tienen un período de hasta tres años para instalar fuentes renovables de energías, con el fin de generar, al menos, el cincuenta por ciento de la electricidad que consumen en el horario pico diurno.